Protocolo Marco y Lineamientos para el retorno a la presencialidad en el ámbito de la Universidad Nacional de San Juan
El presente Protocolo Marco y sus lineamientos tienen aplicación en todas las unidades académicas de todos los niveles en el ámbito de la Universidad Nacional de San Juan. Establece un conjunto de pautas de trabajo que promueven un ordenamiento en las actividades inherentes al retorno a las clases presenciales, basadas en criterios sanitarios y de higiene y seguridad, así como de organización académica y pedagógica.
La reapertura se desarrolla a través de un proceso consensuado, que indefectiblemente requiere de acciones preparatorias y de un monitoreo constante de las actividades que se asuman, una vez determinado el regreso a las clases presenciales.
El Protocolo Marco constituye un piso mínimo a partir de los cuales cada unidad académica podrá agregar criterios adicionales. Contiene, además, lineamientos que encuadran y complementan los objetivos sanitarios y de seguridad deseados.
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Lineamientos generales para la reapertura de las actividades presenciales
1.1. Establecer criterios de implementación de la presente regulación en base a la situación o fase epidemiológica que transita la provincia de San Juan.
1.2. Considerar estrategias de participación en las decisiones de los/as estudiantes y las familias como promotores de salud.
1.3. Garantizar el acceso y la participación de las personas con condiciones crónicas o discapacidad, a materiales, plataformas, información, servicios e instalaciones para el aprendizaje; evaluando en cada caso la importancia del retorno a la presencialidad, la necesidad de apoyos y acompañamiento y las condiciones de seguridad que requieran. Es importante priorizar este grupo poblacional teniendo en cuenta las mayores dificultades que pueden darse en el acceso y manejo de las prácticas virtuales.
1.4. Resguardar en las políticas y prácticas concernientes a la apertura de las las unidades académicas el acceso a los grupos más impactados por la pandemia, como los/las estudiantes, desplazados o migrantes, y aquellos pertenecientes a grupos con vulneración de derechos; trabajando especialmente en la disminución de inequidades.
1.5. Incrementar las redes de comunicación entre la universidad, los centros de salud y los municipios en cada lugar para posibilitar la resolución de interrogantes y problemas territoriales específicos.
1.6. Evaluar las capacidades de infraestructura sanitaria de las unidades académicas (provisión de agua y funcionamiento de sanitarios), como condición previa al reinicio de las actividades presenciales.
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Procedimiento para la reanudación de clases presenciales
El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 576/2020 en su artículo 9° segundo párrafo establece que “El MINISTERIO DE EDUCACIÓN de la Nación establecerá para cada nivel y modalidad los mecanismos y autoridades que podrán disponer el reinicio de las clases presenciales y la aprobación de protocolos, de conformidad con la normativa vigente”. En ese marco se establece:
2.1. Los lineamientos educativos y pedagógicos generales y los protocolos que deberán observarse para la reanudación de la asistencia a las aulas serán aprobados por el Consejo Superior, el Comité de Crisis COVID-19 de la Universidad y las paritarias docentes y nodocentes.
2.2. La fecha a partir de la cual pueda iniciarse el proceso de reanudación de clases en la universidad estará supeditada a las recomendaciones de las autoridades sanitarias de la provincia de San Juan, y será el resultado de consideraciones epidemiológicas y de seguridad sanitaria para estudiantes, docentes y no docentes.
2.3. El plan de reanudación de clases y sus protocolos correspondientes deberán contar con el aval de las autoridades sanitarias de la provincia de San Juan.
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Acciones previas a la reapertura
3.1. Considerar las situaciones diversas con criterios uniformes y estrategias que incluyan a la comunidad (en términos de edades, años de cursado, contextos, entre otras variables). Identificar grupos de riesgo para COVID-19 y estudiantes con necesidades educativas especiales o condiciones crónicas de salud.
3.2. La preparación de las unidades académicas requerirá la presencia del personal docente, no docente y directivo, en aquellos lugares donde se den las condiciones epidemiológicas y estén garantizadas las condiciones sanitarias de higiene y seguridad, en forma previa a la incorporación de los y las estudiantes.
3.3. Desarrollar actividades de acondicionamiento sanitario básico y esencial para la reapertura de las unidades académicas.
3.4. Definir escenarios y prácticas, que incluyan capacitaciones, ensayos y ejercicios para la comunidad universitaria, que contemplen alertas sobre el contacto físico y los procesos de adaptación a la “nueva normalidad”.
3.5. Gestionar elementos de protección y limpieza: evaluar incumbencias del sector salud de la Universidad en cooperación con las áreas de infraestructura, seguridad e higiene; tipos de productos e insumos por metro cuadrado, por personas y características particulares.
3.6. Acondicionar los espacios para asegurar el distanciamiento mínimo entre las personas.
3.7. Definir un espacio para aislar a estudiantes y trabajadores en caso de que presenten síntomas de COVID-19. Este lugar debe ser convenientemente desinfectado luego de su uso como espacio de aislamiento preventivo.
3.8. Considerar la inclusión del Comité de Crisis COVID-19 para que participen junto a la comunidad educativa, en la adaptación y mantenimiento de las condiciones básicas y tareas auxiliares para el abordaje de casos sospechosos o diagnósticos confirmados.
3.9. Desarrollar módulos de capacitación para el personal directivo, de supervisión, docente y no docente, así como familias y estudiantes.
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Acciones durante la reapertura
4.1. Determinar los protocolos de ingreso y egreso a las instalaciones de cada unidad académica.
4.2. Implementar protocolos de actuación ante la confirmación de un caso o de un contacto estrecho con un caso confirmado de cualquier persona que haya estado en el establecimiento educativo, detallando cómo proceder y estableciendo mecanismos de comunicación que preserven la privacidad.
4.3. Asegurar el respeto de la privacidad y confidencialidad de la información médica frente a las diversas situaciones epidemiológicas por las cuales docentes y estudiantes podrían no asistir a la escuela.
4.4. Desarrollar actividades de continuidad pedagógica no presencial para quienes no puedan asistir a clases, propiciando condiciones de equidad.
4.5. Generar espacios de trabajo alternativos a los habituales, que aborden de manera específica las dudas e incertidumbres que genera la pandemia y el proceso de regreso a las aulas, desde una perspectiva participativa vinculada a una concepción de salud integral.
4.6. Pensar alternativas para la organización o la habilitación de espacios no escolares de intercambio de la comunidad y espacios de encuentro de estudiantes, considerando la fase epidemiológica de la ciudad de San Juan, Rivadavia o Albardón, apoyando la gestión de espacios virtuales y generando alternativas con los protocolos necesarios.
4.7. Fortalecer los canales de comunicación de los equipos de conducción de las unidades académicas con los distintos actores de la comunidad educativa.
4.8. Definir campañas de comunicación a estudiantes, familias y cuerpo docente y no docente sobre síntomas a monitorear, distanciamiento social, higiene de manos y respiratoria, y recomendaciones ante presencia de casos sospechosos. Considerar incluir mensajes que contemplen el reconocimiento de emociones (miedo, angustia, incertidumbre, entre otras) y el manejo de estas frente al regreso a clases.
4.9. Generar información de fácil lectura y acceso, como pósters y cartelería, complementado con otras modalidades como páginas web, redes sociales, email, y otras que se consideren convenientes, colocándolos en puntos de ingreso y egreso y aulas, baños, patios, etc.
Protocolo Marco
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Ante la aparición de caso/s sospechoso/s o confirmado/s en el ámbito de la Universidad Nacional de San Juan.
Si se detecta un caso confirmado o sospechoso se suspenderán las clases por un día para realizar desinfección exhaustiva, de acuerdo con los protocolos aprobados en el ambito de la Universidad Nacional de San Juan. Ante la aparición de un caso sospechoso de COVID-19 en el ámbito de una unidad académica se plantean distintas formas de resolución:
5.A. Escenario 1: Estudiantes que concurren a clases bajo la estrategia de grupos por aula.
Los grupos estarán conformados por el número de alumnos/as que permita cumplir con el distanciamiento y medidas establecidas dentro del aula. Ejemplo: un curso con TREINTA (30) estudiantes puede llegar a dividirse en dos grupos, A y B, los cuales asistirán en días o semanas diferentes de acuerdo con las decisiones logísticas y/o pedagógicas que se tomen en cada caso. Estos grupos no deben mezclarse, e incluso deben mantenerse los grupos separados en los ámbitos comunes, horarios interclases, comedores, etc.
En caso de presentarse un caso sospechoso, todo el grupo al cual pertenece el mismo deberá abstenerse de asistir a clase hasta que se confirme o descarte la infección con SARS-CoV-2.
De confirmarse, el grupo de estudiantes deberá considerarse contacto estrecho del caso confirmado y, en consecuencia, respetar el aislamiento durante CATORCE (14) días a partir de la última exposición con el caso confirmado.
Si se descarta, todo el grupo se reintegra a clase según la organización prestablecida.
El/la docente que haya mantenido el distanciamiento adecuado con el grupo podrá seguir dando clases al otro grupo.
El resto de los cursos/grupos/secciones y la totalidad de docentes y no docentes podrán seguir con las tareas establecidas.
La limpieza y desinfección del establecimiento escolar deberá ser la estipulada en el protocolo y de hacerla no se requerirá ninguna limpieza o desinfección adicional.
5.B. Escenario 2: Estudiantes que concurren a clases bajo la estrategia de “burbuja”.
Los/las estudiantes que pertenecen a la burbuja deberán realizar el aislamiento hasta que se confirme o descarte el caso sospechoso. Ante la confirmación deberán respetar el aislamiento durante CATORCE (14) días a partir de la última exposición con el caso confirmado.
5.1.1. Testeo
La realización de testeo diagnostico (PCR) sólo está indicada ante la presencia de sintomatología compatible con un caso sospechoso o contacto estrecho y de acuerdo con lo establecido por el Ministerio de Salud de la Provincia de San Juan.
5.1.2. Contactos de contactos
Los contactos de contactos estrechos no tienen indicación de aislamiento. Ejemplo: un estudiante que esté en contacto con otro/a que ha sido categorizado como contacto estrecho por confirmación de COVID-19 en uno de sus padres, no debe guardar ningún aislamiento y puede seguir asistiendo a clases.
Este mismo procedimiento se aplicará a directivos, personal docente y no docente de acuerdo con las normas provinciales y en concordancia con los procedimientos establecidos por la autoridad de riesgo de trabajo.
5.2. Distanciamiento social
5.2.1. Se recomienda un distanciamiento mínimo de DOS metros entre todos los actores involucrados.
5.2.2. Esta distancia podrá reducirse a UN METRO Y MEDIO dentro del aula siempre y cuando se cumplan las medidas adicionales de uso permanente de elementos de protección personal (epp), es decir de tapabocas, lavado frecuente de manos o el uso de alcohol en gel, ventilación y desinfección adecuada de las instalaciones.
5.2.3. Evitar contacto físico de todo tipo como besos, abrazos, apretones de manos, puños, entre otros. Establecer protocolos o recomendaciones especiales para personas con discapacidad y sus acompañantes.
5.2.4. Evitar reuniones de docentes u otros miembros de la comunidad educativa en espacios donde no pueda cumplirse el distanciamiento.
5.2.5. No compartir mate, vajilla, útiles, ni otros utensilios personales.
5.3. Higiene personal
Higiene de manos
5.3.1. Asegurar el acceso a lavamanos (agua, jabón y toallas de papel descartables), dispensadores de alcohol en gel antibacteriano o alcohol líquido al 70%.
5.3.2. Los momentos para la higiene de manos serán antes de salir de casa, al llegar al establecimiento educativo, antes y después de cada clase (si los hubiere, de acuerdo con el protocolo de la universidad), antes y después de comer, luego de haber tocado superficies públicas (mostradores, pasamanos, picaportes, barandas, entre otros), antes y después de ir al baño, después de toser, estornudar o limpiarse la nariz. Durante la estadía en las instalaciones de la universidad se recomienda realizar lavado de manos idealmente cada NOVENTA (90) minutos.
5.3.3. Proveer kits de limpieza (frasco pulverizador para alcohol al 70% y papel para secado) disponibles en las aulas y oficinas administrativas para limpiar frecuentemente superficies de alto uso (por ejemplo, manijas, teclados, pupitres, control remoto, etc.).
5.3.4. Capacitación periódica sobre formas correctas para realizar una adecuada higiene de manos. Destinar al menos QUINCE (15) minutos semanales a repasar la importancia, y correcto procedimiento de la higiene de manos.
Higiene respiratoria
5.3.5. Se recomienda el uso de tapabocas durante todo el tiempo que dure la permanencia en las instalaciones (tanto para estudiantes como para personal docente y no docente). Debe explicarse su correcto uso cubriendo por completo la nariz, boca y mentón, y sus técnicas de limpieza (promover el lavado del barbijo casero con agua y jabón al menos una vez al día, y cambiarlo inmediatamente si se encuentra sucio o mojado). Se puede consultar al respecto en https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus/poblacion/ barbijo
5.4. Identificación y seguimiento del personal o estudiantes en riesgo.
5.4.1. Están exentas del deber de asistencia al lugar de trabajo las siguientes personas incluidas en los grupos de riesgo: Mayores de 60 años de edad, excepto que sean considerados “personal esencial para el adecuado funcionamiento del establecimiento”, embarazadas, personas con enfermedades respiratorias crónicas (por enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo), personas con enfermedades cardíacas, personas con inmunodeficiencias y estados de inmunodepresión, personas con diabetes, personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses, personas con enfermedad hepática avanzada.
5.4.2. No podrán ingresar personas que presenten síntomas compatibles con el COVID-19 o estén en aislamiento obligatorio debido al diagnóstico de éste, ni quienes tengan contacto estrecho con alguna persona con síntomas o diagnosticado.
5.5. Actuación para casos sospechosos y contactos estrechos.
5.5.1. Desarrollar actividades de identificación de potenciales casos mediante la medición de temperatura corporal, fomentar el autorreporte y la realización de cuestionarios sencillos para la detección de posibles síntomas previo al ingreso a la institución.
5.5.2. No permitir el ingreso a los establecimientos a personal o estudiantes que presenten los síntomas propios del COVID-19: cansancio, tos seca, pérdida de gusto u olfato, fiebre, entre otros. Para el caso de la temperatura, las unidades académicas podrán considerar la forma de cumplir este punto, que puede ser resuelto con la exigencia de una declaración jurada de ausencia de síntomas para poder entrar al establecimiento.
5.5.3. Ante la identificación del personal y/o estudiantes con síntomas respiratorios o fiebre, dirigirla al sector de aislamiento previamente identificado, contactar inmediatamente al Sistema de Emergencias de Salud de la Universidad para su evaluación. Debe notificarse toda sospecha de COVID-19 a la autoridad sanitaria de la provincia de San Juan.
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Higiene, seguridad y acondicionamiento de la infraestructura
6.A. Previo a la reapertura
6.1. El personal directivo, docentes, no docentes y estudiantes serán capacitados para concientizar y promover los buenos hábitos de higiene. Se deberá asentar en un registro auditable de la participación del personal.
6.2. Cada unidad académica contará con un plan de revisión y adecuación de las instalaciones a fin de favorecer el cumplimiento de las medidas esenciales de seguridad, higiene y salud.
6.3. Cada unidad académica contará con un plan de mejoras para el adecuado acceso al agua para higiene personal y limpieza, el funcionamiento de baños y ventilación de ambientes, así como otras acciones a fin de garantizar el cumplimiento de las medidas esenciales de seguridad, higiene y salud.
6.B. Durante la reapertura
6.4. Solo se permitirá el ingreso de familiares con turno previo o cuando así lo considere el personal directivo, cumpliendo con las medidas de seguridad definidas.
6.5. Se recomienda disponer percheros para los abrigos, preferentemente cerca de los accesos o en lugares ventilados, fuera de las aulas, para evitar el máximo contacto del exterior.
6.6. Se recomienda que las/los docentes y no docentes y las/los estudiantes, tomen medidas para la desinfección de su lugar de estudio al inicio y terminación de la jornada; no reemplazando la limpieza institucional, sino para incorporar hábitos de higiene en sus lugares de uso habitual.
6.7. La permanencia de varias personas en espacios cerrados (a modo de ejemplo: baños) no debe superar los QUINCE (15) minutos y siempre se deberá tener el tapaboca colocado de manera correcta.
6.8. Debe asegurarse el acceso a agua potable, jabón, toallas de papel descartables y cestos de basura en todos sus baños.
6.9. Se debe garantizar provisión de alcohol en gel, o alcohol al 70%, en todas las instalaciones. Recomendación de uno cada VEINTE (20) personas.
6.10. El personal docente utilizará durante la clase máscaras de acetato y tapabocas que cubra nariz, boca y mentón.
6.11. No está permitido compartir ningún tipo de elemento personal ni los de protección. Todos tienen la obligación de realizar la limpieza de su celular con alcohol al momento de ingresar.
6.12. Se colocará la señalización y cartelería adecuada para comunicar medidas de seguridad generales y específicas según el tipo de actividad.
6.13. Se prohíben eventos o reuniones dentro de las instalaciones, incluyendo patios o sectores de esparcimiento, salvo aquellos que conserven la distancia, supervisados por personal idóneo.
6.14. En todos los espacios comunes se debe señalizar en el suelo la distancia de seguridad para organizar las filas y/o grupos. Se respetará el tipo de agrupamiento establecido en las aulas.
6.15. El personal a cargo de servicios de alimentación deberá adoptar nuevas prácticas en manipulación permitiendo la distribución de alimentos y provisiones teniendo en cuenta los protocolos de seguridad e higiene.
6.16. Se recomienda trabar las puertas principales, de modo que siempre estén abiertas para evitar contacto con herrajes, en aulas, ingresos a baños (si permite la privacidad), comedor, patios, espacios verdes, entre otros.
6.17. La ventilación natural es obligatoria en todas las instalaciones abriendo puertas y/o ventanas cada NOVENTA (90) minutos para permitir el recambio de aire.
6.18. Se restringe el uso de ascensores. Solo deben estar a disposición de personas con dificultad de movilidad respetando el distanciamiento dentro de la cabina. Reforzar la desinfección de los puntos de contacto.
6.19. En relación con las barreras físicas (como separadores entre los bancos o pupitres) solo se admitirán en las áreas de personal (docente y no docente) en las cuales no se pueda cumplir el distanciamiento ya indicado. No se admitirá su uso en aulas, laboratorios y talleres.
6.20. En el caso de escuelas técnicas, talleres, laboratorios, salas de trabajos grupa- les, talleres de arte, y similares, se aplicarán las mismas medidas de seguridad y salud descriptas en este documento y también el distanciamiento e higiene personal. Al realizar tareas de aprendizaje que deban implementarse específicamente en sectores reducidos, se deberá utilizar máscaras faciales además del tapaboca.
6.21. Siempre se deben desinfectar las mesas de trabajo, las herramientas, máquinas y herramientas manuales antes de colocarlos en los lugares de guarda.
6.22. Se recomienda reducir al mínimo el traslado de elementos entre casa y escuela (como mochilas y juguetes); si se llevan, deben dejarse fuera del aula.
6.23. Quienes tengan síntomas serán aislados con tapabocas y protección de mascarilla (máscara facial de acetato/plástico) y se contactará al servicio de salud correspondiente. Tener en cuenta su círculo de contacto más cercano en caso de tener que aislar.
6.24. De requerir otro tipo de asistencia, por accidente o enfermedad durante la jornada, el contacto deberá ser mínimo, con barbijo y máscara facial, así como lavado de manos antes y después de asistir a quienes presenten síntomas.
6.25. A los efectos de la necesidad de aislamiento, casos confirmados o requerir asistencia, la unidad académica debe disponer de un local para primeros auxilios o, en su defecto, de un espacio o sala que pueda ser aislada y desinfectada por completo, de acuerdo con las condiciones aquí expresadas.
6.26. Las instituciones deberán llevar un registro de todas las medidas adoptadas.
6.27. Cada unidad académica será responsable de monitorear y brindar asesoramiento correctivo, capacitaciones y sugerencias a todo el personal de su instituciones educativa.
6.C. Descripción de técnicas de limpieza y desinfección
6.28. Se recomienda realizar una limpieza periódica y frecuente de todas las instalaciones, especialmente en zonas de mayor contacto y circulación, con cada cambio de turno.
6.29. Se recomienda la desinfección diaria completa de superficies (la frecuencia debe ser acorde al tránsito, acumulación de personas, época del año y complementaria a la ventilación de ambientes). Realizar limpieza de las superficies con agua y detergente previo a la desinfección.
6.30. Las instituciones deben contar con kits de limpieza (elementos necesarios para efectuar la limpieza húmeda: baldes, trapeadores, paños, agua, detergente; y desinfección: recipientes, trapeadores o paños, agua hipoclorito de sodio de uso doméstico con concentración de 55 gr/litro en dilución para alcanzar 500 a 1000 ppm de cloro – 100 ml de lavandina en 10 litros de agua).
6.31. Se recomienda el entrenamiento al personal de limpieza, de estudiantes y personal acerca de procedimientos de limpieza y desinfección. Debe ser previo a la reapertura.
6.32. Se debe garantizar la presencia de personal de limpieza en cada unidad académica.
6.33. Se deben considerar las medidas específicas de higiene a adoptar para permitir el cursado de estudiantes que requieren de silla de ruedas, equipamiento o tecnología asistida.
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Lineamientos Pedagógicos Generales para la Reanudación de Actividades Presenciales.
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7. A. La reanudación de las clases presenciales tendrá las siguientes características
7.1. Escalonamiento progresivo de acuerdo con criterios epidemiológicos de evolución de la pandemia.
7.2. Asistencia alternada a las unidades académicas por grupos de estudiantes de manera de garantizar el cumplimiento de las normas de distanciamiento social establecidas en los protocolos de ocupación de las aulas y los edificios, entrada y salida de estudiantes, docentes y no docentes. Los criterios de alternancia se adecuarán a las características de los edificios, dentro de las prioridades y protocolos establecidos en cada unidad académica.
7.3. Alternancia de tiempos de presencialidad y de no presencialidad. Las unidades académicas asumirán formatos distintos que se caracterizarán por articular lo presencial con lo no presencial, abriendo el camino para el desarrollo de una “bimodalidad” que pueda dar respuesta a los requerimientos de las trayectorias educativas. Esto requiere ajustes de los tiempos, de las secuencias, la intervención de las TIC u otra estrategia de recursos para los días de no presencialidad y el desarrollo de la experiencia pedagógica bimodal. Este modelo “bimodal”, mantiene los tiempos de los cursos, pero necesariamente lleva a una diferenciación de contenidos para los dos momentos: asistencia a la institucion y continuidad pedagógica en la no presencialidad, siendo estos últimos los susceptibles de ser transmitidos por las TIC u otras estrategias de sostenimiento del dictado a distancia, ajustados a propuestas didácticas precisas.
7.4. Se podrá habilitar el uso educativo de espacios edilicios complementarios, respetando los protocolos sanitarios y de seguridad, cuando los espacios no resulten suficientes para albergar a las/os estudiantes en situación de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DiSPO).
7.B. Respecto del escalonamiento progresivo
Tomando en cuenta la situación epidemiológica, las recomendaciones sanitarias formuladas por el Comité de Crisis COVID-19, los protocolos de seguridad sanitaria en el ambito de la Universidad Nacional de San Juan aprobados y las consideraciones pedagógicas y de política educativa, se acuerdan los siguientes criterios para ordenar el regreso progresivo a las aulas.
7.5. Condiciones sociodemográficas: el tránsito progresivo a la presencialidad dará prioridad:
7.5.a. zonas libres de casos COVID-19, y a los/as estudiantes que tienen menos posibilidades de continuidad pedagógica a distancia por las limitaciones de conexión a internet y de menor acceso a dispositivos electrónicos que lo permitan;
7.5.b. En todos los casos deberá considerarse que la reapertura esté destinada solo a aquellos que no deban hacer uso de transportes interjurisdiccionales (tanto docentes, nodocentes como estudiantes).
7.6. Etapas de la trayectoria educativa: considerando los momentos críticos, finalización e inicio de las actividades y, como contracara, la posibilidad de recuperar aprendizajes en los años subsiguientes para los momentos intermedios de la trayectoria. En todos los casos se deberá priorizar en el regreso a las y los estudiantes que requieran un acompañamiento específico de intensificación de las estrategias de enseñanza en sus trayectorias de formación.
7.7. Considerar una mirada institucional integral y de conjunto, tanto en la definición de los criterios de priorización como en su implementación. Respetando la premisa de que la organización de los grupos de las salas/cursos/divisiones/secciones completas contemplen la totalidad de los/as estudiantes que lo integran.
7.8. Erradicar cualquier criterio discriminatorio: en la enseñanza cultural, social, étnico, de género, entre otros, en la definición de los criterios de priorización, cualquiera sea el que se termine implementando, en un todo de acuerdo con los tratados internacionales, las leyes y regulaciones nacionales, federales y jurisdiccionales.
7.C. Respecto a los agrupamientos de estudiantes
Las definiciones del tamaño de los agrupamientos deberán estar adecuadas a los protocolos de distanciamiento en aulas y espacios comunes establecidos en el protocolo correspondiente por cada unidad académica para asegurar los procesos de enseñanza y aprendizaje y las condiciones de seguridad sanitaria.
7.D. Respecto a diferentes modelos de continuidad pedagógica
Definidos los agrupamientos, será otra la organización pedagógica que asumirá el desarrollo curricular y las trayectorias de los estudiantes. Dicha organización estará caracterizada por la integración del trabajo presencial y el no presencial, que puede asumir múltiples formatos basados en:
7.9. Simultaneidad en el trabajo de grupos que están en la presencialidad y en la no presencialidad. Prever durante la no presencialidad el seguimiento de las actividades educativas.
7.10. Alternancia de los tiempos de los grupos entre asistencia a la institución y trabajo pedagógico en la no presencialidad. Prever en estas situaciones el acompañamiento pedagógico durante los momentos de no presencialidad.
7.11. Reorganización de las prácticas de enseñanza en un escenario multimodal, lo que requerirá: formulación de guiones didácticos, ajustes de la planificación, de los tiempos, rediseño de las clases y sus actividades, otras estrategias para la evaluación y el uso de diversas herramientas y soportes (TIC, materiales gráficos, audiovisuales, tv, radio, entre otros).
7.E. Respecto de la organización curricular – institucional y enseñanza práctica en talleres y laboratorios:
La reducción en tiempo presencial del año académico impide que puedan enseñarse todos los contenidos previstos en los diseños curriculares para cada año. Se han redefinido de hecho los objetivos de enseñanza y reorganizado los saberes que deben considerarse prioritarios para cada año y ciclo académico. En función de ello, se considera:
7.12. Priorizar los contenidos minimos de los diseños curriculares construidos a partir de ellos para el periodo 2020/21.
7.13. Reorganizar el desarrollo curricular-institucional por ciclos/unidades pedagógicas u otros formatos que posibiliten el trabajo conjunto con grupos heterogéneos de estudiantes y la atención a las necesidades de trayectorias educativas diversas, a la vez que permitan procesos más ágiles de aprendizaje y el trabajo con aquellos estudiantes que se encuentren en situación de mayor necesidad.
7.14. Desarrollar las unidades pedagógicas a partir de núcleos problemáticos/significativos que integren diversos contenidos y faciliten el trabajo multidimensional y que contemple criterios de pluridisciplinariedad.
7.15. Contar con protocolos específicos para las prácticas pedagógicas que se desarrollen en entornos formativos complementarios por modalidades (talleres, laboratorios, espacios para educación física, bibliotecas, entre otros.), que contemplen; baja densidad de estudiantes, limpieza permanente de las instalaciones y cuidado especial con las herramientas de trabajo.
7.16. Desarrollar protocolos específicos para las actividades de campo de la práctica profesional de las/los estudiantes, regulando las condiciones de ingreso y permanencia de los/as practicantes a las instituciones que correspondan.
7.17. Implementar protocolos específicos para las prácticas de las/los estudiantes de que se desarrollen en contextos de organizaciones o instituciones públicas o comunitarias. Estos protocolos deberán ser propuestos por las unidades académicas y contar con el acuerdo de la organización o institución pública o comunitaria involucrada.
7.F. Respecto a la organización de la docencia, el trabajo directivo y de supervisión
7.18. Profundizar el ejercicio de la función tutorial de los grupos de estudiantes definidos para la alternancia. Dicho tutor tendrá responsabilidad en la continuidad de los procesos de enseñanza y de aprendizaje, así como de sostén y andamiaje de los estudiantes de cada agrupamiento.
7.19. Fortalecer el rol de la supervisión en cualquiera de los niveles de gestión y de las direcciones de las instituciones en el trabajo conjunto y continuo, respecto a: el seguimiento a las condiciones institucionales, las definiciones del desarrollo curricular-institucional y los distintos agrupamientos de estudiantes, entre otros.
7.20. Fortalecer los perfiles de los agentes, con el fin de asistir a la población con mayores necesidades pedagógicas y sociales, así como aquellos que han interrumpido o nunca han iniciado la actividad académica.
7.21. Promover, el desarrollo y/o profundización de propuestas de tutorías entre pares, involucrando en su definición y puesta en marcha a los equipos de gestión institucional y a los centros de estudiantes.
7.G. Respecto de la duración de la jornada escolar
7.22. Implementar jornadas con turnos horarios cortos para la atención de distintos grupos en la presencialidad, con espacios temporales intermedios para permitir la higiene y desinfección de las instalaciones, entre el egreso e ingreso de los distintos agrupamientos.
7.H. Respecto de las y los estudiantes con enfermedades crónicas y grupos de riesgo
7.23. Profundizar el trabajo en la no presencialidad con las y los estudiantes para los casos en que no puedan, por razones sanitarias o no deseen por temor o decisión de las familias, bajo ningún concepto asistir a clases presenciales. Prever, en caso de ser necesario, un docente tutor para que trabaje con un agrupamiento de estudiantes que correspondan a estos casos.
7.24. Flexibilizar los requerimientos de asistencia presencial a las unidades académicas en tanto las autoridades sanitarias y educativas no modifiquen las condiciones de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DiSPO).
7.I. Respecto al sostenimiento de la matrícula y de espacios complementarios
7.25. Desarrollar estrategias y diversas modalidades de cursadas complementarias de las que se realizan en la presencialidad institucional, que pueden constituirse en ámbitos de intensificación de la enseñanza y de sociabilidad.
7.26. Aprovechar la capacidad instalada, en función de las necesidades de cada unidad académica, tales como: atención a agrupamiento fuera del horario de cursado establecido (ejemplo: los fines de semana), espacios pedagógicos por reserva de turnos para la atención de estudiantes respecto de contenidos y problemáticas socio educativas, espacios efectores de materiales gráficos para agrupamientos que no asistan a la presencialidad, por criterios de priorización o por decisión de las familias, recepción de estudiantes que no estén participando de ninguna actividades educativa para promover su inclusión, entre otros aspectos.
7.27. Habilitar el uso educativo de espacios edilicios y comunitarios complementarios, respetando los protocolos sanitarios y de seguridad, cuando los espacios no resulten suficientes para albergar a las/os estudiantes en situación de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DiSPO).
7.28. Promover que los alumnos avanzados en las carreras pueden contribuir desde trabajos de extensión o desde las tutorias, al sostenimiento de la actividad académica y certificar esta actividad dentro del plan de estudios de su formación.
7.29. Aprovechar la contribución de las experiencias de apoyo (redes), como colaboradores de las políticas y actividades educativas desde una perspectiva comunitaria y situada.
7.30. Abrir un registro de organizaciones y centros locales/comunitarios o barriales que pueden colaborar en esta actividad.
7.K. Respecto del calendario académico:
7.31. A los fines de asegurar criterios organizativos y regulatorios comunes que posibiliten el desarrollo académico, cada unidad académica modificrá su calendario académico con motivo de la pandemia, se mantendrán los días de clases previstos y la cantidad de días de receso escolar de invierno y de verano. En todos los casos, la nueva organización tendrá que favorecer el aprendizaje de los contenidos mínimos priorizados en condiciones de la mayor equidad posible para los/las estudiantes de la universidad. Al mismo tiempo se propiciarán, de ser necesario, otras modalidades de desarrollo temporal del sistema educativo que fortalezcan la realización de las actividades pedagógicas previstas.
7.32. De ser necesario se extenderán los cierres de ciclo académicos.