GEOFÍSICOS DE EXACTAS AYUDARON A DETERMINAR EL TERRITORIO NACIONAL

La Argentina ha realizado un profundo y acabado trabajo científico y técnico que le permitió fijar el límite exterior de su plataforma continental.

Este trabajo brinda certeza sobre la extensión geográfica de nuestros derechos de soberanía sobre los recursos del lecho y subsuelo en más de 1.782.000 km2 de plataforma continental argentina más allá de las 200 millas marinas, que se suman a los aproximadamente 4.799.000 km2 comprendidos entre las líneas de base y las 200 millas marinas.

La plataforma continental, comprende el lecho y subsuelo de las áreas submarinas que se extienden más allá del mar territorial y a todo lo largo de la prolongación natural del territorio.

En este espacio marítimo el Estado ribereño ejerce derechos de soberanía a los efectos de la exploración y explotación de sus recursos naturales: minerales, hidrocarburos y especies sedentarias (langostinos, mejillones, vieiras, etc.).

Estos derechos son exclusivos en el sentido de que, aun cuando el Estado ribereño no explore la plataforma continental o no explote sus recursos naturales, nadie podrá emprender estas actividades sin su expreso consentimiento.

Francisco Ruiz, Director del Instituto Geofísico Sismológico Volponi, comenta:  “Nosotros colaboramos con el procesamiento de datos gravimétricos para probar la existencia de las cuencas sedimentarias con interés económico que nacían en la costa argentina y que se prolongaban mucho más allá del talud continental. Esa se llamó legalmente hipótesis geológica, que sirvió para defender ante la ONU la existencia de derechos argentinos más allá de las 200 millas marítimas, que era lo que por convención internacional le correspondía a Argentina. El organismo nacional que se hizo cargo de esto se llamó COPLA, dependió de Cancillería, los datos y responsabilidad de los trabajos los tenía el Servicio de Hidrografía Naval Argentino, este servicio contrató a investigadores, entre ellos, a la Dra. María Alejandra Arecco (a quien yo dirigí en su doctorado, junto al Dr. Víctor Ramos) y en 2005 convocó al IFIR (UNR) y al Instituto Geofísico Sismológico Volponi (UNSJ) para colaborar con COPLA.”

¿QUIÉN DELIMITÓ EL TERRITORIO?

La CONVEMAR (La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar es considerada uno de los tratados multilaterales más importantes de la historia) creó la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC), que se encarga de examinar la información y los datos presentados por los Estados ribereños. Es un órgano científico-técnico, no político ni jurídico, compuesto por 21 miembros expertos en geología, geofísica o hidrografía, que son elegidos por los Estados parte de la CONVEMAR asegurando una representación geográfica equitativa.

Comisión Nacional del Límite Exterior de la Plataforma Continental (COPLA).

COPLA es una comisión interministerial, bajo dependencia directa del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, que la preside, e integrada por un miembro del Servicio de Hidrografía Naval y un miembro del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas.

Los miembros están asistidos por un Coordinador General. La Comisión cuenta con profesionales de las distintas disciplinas involucradas: geodestas, hidrógrafos, geólogos, geofísicos, cartógrafos, oceanógrafos, expertos en Sistemas de Información Geográfica, abogados y expertos en derecho internacional.

Asimismo, colaboran con COPLA los organismos públicos y universidades relacionados con la temática.

COPLA presentó sus estudios, en los que participaron nuestros científicos, a la CLPC y allí los aprobaron a nivel internacional.

Después de casi 15 años desde que comenzó el trabajo científico, el 4 de agosto de 2020 el Congreso Nacional aprobó por unanimidad la ley 27.557, que demarca el límite exterior de la plataforma continental argentina.

¿POR QUÉ ES TAN IMPORTANTE DEFINIR NUESTRO TERRITORIO?

La demarcación del límite exterior de la plataforma continental da seguridad jurídica a los derechos de soberanía exclusivos y excluyentes que tiene la República Argentina sobre su plataforma continental más allá de las 200 millas.

Es decir, en aquellas zonas en que la Comisión reconoció que el límite está demarcado de acuerdo a las normas internacionales, ningún Estado de la comunidad internacional puede objetar ni el límite ni los derechos de soberanía argentinos.

Estos derechos son sobre todos los recursos de plataforma: hidrocarburos, gas, minerales, entre otros. También sobre los recursos vivos que son de plataforma y se llaman especies sedentarias, tales como las vieiras, los mejillones, langostas y langostinos.

Fuentes: http://www.plataformaargentina.gov.ar/ y https://www.casarosada.gob.ar/